Ordenanza Alcorta 1266/2004

Alcorta periurbano

Ordenanza Nº 1266/2004
Alcorta, 16 de Marzo de 2004

VISTO

Visto la necesidad de contemplar la aplicación de la Ley Provincial de productos fitosanitarios Nro. 11273 y su decreto reglamentario Nro. 552/97, y más específicamente por lo establecido en los artículos 51, 52 y 53 del decreto citado; y

CONSIDERANDO

Que la aplicación de productos fitosanitarios significa un riesgo de daño a la salud de la población, a los animales y vegetación del área urbana y al medio ambiente en general;

Por ello:

LA COMISION COMUNAL DE ALCORTA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: Atento a lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley 11273, queda prohibido la aplicación de productos fitosanitarios de clase toxicológica A y B, dentro del radio de 3000 metros de la planta urbana de la localidad de Alcorta.-

ARTICULO 2º: Atento a lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 11273, queda prohibido la aplicación terrestre de productos fitosanitarios de clase toxicológica A y B, dentro del radio de 500 metros de las plantas urbanas. La aplicación por este medio de productos fitosanitarios de clase toxicológica C y D se podrá realizar dentro de los 500 metros y conforme la reglamentación de la Ley 11273.-

ARTICULO 3º: A los fines de la aplicación de lo dispuesto en los artículos precedentes, se aprueba la zonificación que como anexo I se transcribe a continuación de la presente.-

ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA COMUNA DE ALCORTA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

Firmado: DRA. M. GABRIELA MARTELLI Secretaria de Gobierno
DR. VICENTE MARTELLI Presidente
ATILIO RAMON SOSA Secretario Administrativo


ANEXO I Zonificación

Periurbano Alcorta 2004