Resoluciones de la Caja de Previsión Social

Caja de Previsión Social

Rosario, 26 de diciembre de 2016
Nota N°79/16 – Directorio

Estimados colegas:
Tenemos el agrado de dirigimos a Ud. a los efectos de poner en su conocimiento las siguientes resoluciones dictadas por el Directorio de la Caja de Previsión Social de los Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Santa Fe 2a circ, que se acompañan a la presente en copia:

  • Resol N°399/2 Ref: Préstamos en moneda nacional para afiliados activos al sistema jubilatorio y beneficiarios previsionales. Se destaca que la misma prevé el otorgamiento de créditos para cancelar deudas previsionales, con el fin de que los afiliados que reúnan los requisitos de edad y años de aportes puedan gestionar el beneficio.
  • Resol. N°443 Ref: Beneficio para jubilados y pensionados de Arquitectura e Ingeniería Salud que superan la categoría máxima de aportación.
  • Resol. N°448 Ref: Plazo para la adhesión a las resoluciones N°293 y N°293/1.
  • Resol. N°449 Ref: Préstamos en moneda nacional para afiliados activos para la compra de instrumentos indispensables para el ejercicio de la profesión.
  • Resol. N°450 Ref: Baja Resolución N°1272/J Pago cuotas jubilatorias año completo. Desde el 2/1/2017 el pago de los aportes personales jubilatorios deberá realizarse por año completo, independientemente de la fecha de habilitación de matrícula.

Quedando a vuestra disposición para cualquier aclaración al respecto, lo saludan muy atte.

Arq.Jorge A.F.Dagotto (Director Secretario)
Arq. Germán Picarelli (Presidente)


Caja de Previsión Social de los Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Santa Fe 2a circ.
Mendoza 1520
S2000BIF Rosario
Línea rotativa 0341 525 9600
E-mail: comunicacion@cajaingros.com.ar
www.cajaingros.com.ar


Resolución N°450
El Directorio de la Caja de Previsión Social de los Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Santa Fe 2a circ.

RESUELVE:
Art.1°: Derogar la Resolución N°1272/J a partir del 30/12/2016.
Art.2°: Desde el 2/1/2017 el pago de los aportes personales jubilatorios deberá realizarse por año completo, independientemente de la fecha de habilitación de matrícula.
Art.3°: Comuníquese, regístrese y archívese.
Aprobada en reunión de Directorio de 6/12/2016. Acta N°2183.

Arq.Jorge A.F.Dagotto (Director Secretario)
Arq. Germán Picarelli (Presidente)