Estimado colega: según Resolución 101 del Directorio Provincial se establece como obligatoria la exigencia de matrícula en su respectiva jurisdicción, de los Ingenieros Agrónomos que participen como disertantes ylo expositores en eventos relativos o vinculados a la profesión a los fines de auspiciar el colegio los mismos, cuando sean dictados u organizados por otras instituciones. Ver Resolución 101