República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional
2018 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria
Referencia: Implementación del Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA)
A: Sres. Profesionales
De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a usted para informarle acerca de la implementación del nuevo mecanismo de declaraciones juradas para la producción agrícola de soja, trigo y/o fibra de algodón de vuestros clientes.
A partir del 1º de Noviembre del 2018 entrará en vigencia el nuevo Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) en el que intervienen el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE), el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA y que combina y agrupa información requerida por dichos organismos en una única Declaración Jurada.
Por tal motivo quedará sin efecto a partir del mismo momento, la obligación de realizar la Declaración Jurada ante el Registro de Usuarios de Semillas del INASE, respecto al uso y origen de semillas de soja, trigo y algodonero.
La declaración de la variedad sembrada y su superficie se efectuará en el “MODULO INFORMACION PRODUCTIVA”, dentro del referido SISA, de similares características a la antigua declaración jurada de capacidad productiva.
El SISA solicitará que se declare el nombre de la variedad según figura en el Catálogo Nacional de Cultivares del INASE, única denominación válida para una variedad de venta legal, el cual se puede consultar en el enlace https://www.inase.gov.ar/consultaGestion/gestiones.
El nombre oficial de la variedad DEBE constar en los Rótulos ubicados en los envases de semilla fiscalizada y en la factura de compra de semilla que utilicen vuestros asesorados, recordando que esta última debe estar confeccionada de acuerdo a lo establecido por las Resoluciones INASE Nº 44/00 y 669/17.
El INASE continuará realizando los controles inherentes a la información declarada en el SISA, mediante requerimientos de documentación respaldatoria y de la toma de muestras de grano para determinar, a través de ADN, si la variedad utilizada es la informada.
En caso de no ser posible encontrar la denominación de la variedad, debe recomendarse a los productores agrícolas consultar con su proveedor habitual de semillas y en caso de persistir el inconveniente, comunicarse con el INASE por asistencia, a través de los siguientes mails: productores@inase.gov.ar; catalogo-sisa@inase.gov.ar o a los teléfonos (011) 4363-6850/6851/6888.
Las nuevas normativas que reglamentan el SISA son: la Resolución General conjunta Nº 4248/18, la Resolución General AFIP Nº 4310/18 y la Resolución INASE Nº 378/18 que, entre otras cosas, deroga las Resoluciones INASE Nº 80/07, Nº 187/15, Nº 149/16 y los Artículos 2º, 3º, 4º, 7º, 8º primer párrafo y 9º de la Resolución Nº E-579/17.
Finalmente, les solicitamos tengan a bien difundir la presente misiva entre sus asociados con el fin de brindar un oportuno asesoramiento y evitar demoras en el proceso de declaración.
Esperamos que, sumando eficiencia a la producción agrícola, a través de la simplificación de cargas administrativas y un eficaz flujo de la información, contribuir a promover al desarrollo transparente de la producción nacional.
Sin otro particular saluda atte.
Raimundo Lavignolle
Presidente Instituto Nacional de Semillas
Ministerio de Producción y Trabajo