VISTO: que la Resolución 30 establece las categorías de matriculados y el costo relativo de matrícula que deben abonar estas categorías creadas por la Resolución 13 y que en la reunión del Directorio Provincial realizada el día 29 de julio del 2016 en Santa Fe se acordó que los activos semiplenos abonarán el equivalente al ochenta y cinco por ciento (85%) del costo que se fije para la matrícula.
Por ello:
EL DIRECTORIO DEL COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS RESUELVE:
ART. 1: Anular la Resolución 68.
ART. 2: Modificar el artículo primero inciso b) párrafo 2 de la Resolución 30 referido a la categoría Activo semipleno, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Los profesionales de la categoría Activo semipleno abonarán el equivalente al ochenta y cinco por ciento (85%) del costo que se fije para la matrícula respectiva.
ART. 3: Esta Resolución entrará en vigencia el 30 de septiembre del 2016.
ART. 4: Regístrese, comuníquese y archívese.
Ing. Agr. Flavia Rut Bella (Secretaria)
Ing. Agr. Gastón Huarte (Presidente)
Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Santa Fe
Aprobado Acta N°182, 29 de Julio de 2016